Como tramitar la Exención Parcial del 85% del Impuesto Eléctrico

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La Ley 28/2014 del 27 de Noviembre,  establece que para ciertas actividades industriales existe una reducción del 85% del impuesto eléctrico que se aplica en las facturas de electricidad que emite la comercializadora. Este impuesto representa el 5,11269632% del total del término de potencia y energía.

En el artículo 98 de la misma ley, determina qué actividades industriales pueden ejercer su derecho a la exención son las siguientes:

  • Reducción química y procesos electrolíticos.
  • Procesos Mineralógicos.
  • Procesos Metalúrgicos.
  • Actividades industriales cuya electricidad consumida represente más de 50 por ciento del coste de un producto.
  • Riegos agrícolas.
  • Actividades industriales cuyas compras o consumo de electricidad representen al menos el 5 por ciento del valor de la producción.

Para poder optar a dicha exención, se debe de presentar la solicitud y una memoria justificativa a través de la Oficina Gestora de Impuestos Especiales de la demarcación en la que está ubicado el suministro.

Una vez aprobada la solicitud, se obtiene la tarjeta CIE (Código de Identificación de la Electricidad), la cual se deberá aportar a la empresa suministradora de electricidad para que pueda aplicar correctamente esta exención.

Desde Cavo Energías podemos dar el soporte necesario para completar la memoria justificativa y solicitar la exención.

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