Resolución de 15 de enero de 2024, de la Secretaría de Estado de Industria, por la que se revisa el cociente entre consumo y valor añadido bruto para
optar a la categoría de consumidor electrointensivo, al que se refiere el Real Decreto 1106/2020, de 15 de diciembre, por el que se regula el Estatuto de
los consumidores electrointensivos.
El cociente entre consumo anual y valor añadido bruto tiene que ser superior a 0,51 kWh/€ (antes 0,25 kWh/€).
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